
Imputan al segundo acusado por el homicidio de Juan AnÃbal Pino
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10-12-2025
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Neuquén– Junto a la fiscal del caso Guadalupe Inaudi, la asistente letrada Agustina Bouyer imputó a un hombre, J.A.P., como coautor del homicidio simple de Juan AnÃbal Pino, ocurrido durante un incendio provocado el 6 de diciembre pasado en una vivienda de esta ciudad. El juez tuvo por formulados los cargos y dispuso que el acusado permanezca cuatro meses en prisión preventiva.
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La audiencia corresponde al mismo hecho por el que ayer fueron imputados cargos a F.A.S. En esa oportunidad, la fiscal del caso Lucrecia Sola, junto a Bouyer, acusó a F.A.S. como coautor del homicidio simple y solicitó seis meses de prisión preventiva. El juez de garantÃas avaló la formulación de cargos y fijó un mes de preventiva, con un plazo de investigación de cuatro meses.
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Según expuso Bouyer hoy, el hecho ocurrió alrededor de las 19:40 del 6 de diciembre en la vivienda de Juan AnÃbal Pino, adonde J.A.P., F.A.S. y otras personas habÃan llegado luego de compartir un almuerzo y consumir bebidas alcohólicas. La asistente letrada relató que en uno de los dormitorios, J.A.P. golpeó a Pino en la zona de la cabeza, provocando que cayera al piso. Tras la salida de uno de los presentes, él y su coimputado iniciaron un foco Ãgneo en la habitación cuando Pino aún se encontraba con vida. El hombre falleció por la carbonización de su cuerpo.
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La fiscalÃa calificó provisoriamente el hecho como homicidio simple en calidad de coautor (artÃculos 79 y 45 del Código Penal).
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Entre los elementos de prueba mencionados se destacaron imágenes de cámaras de seguridad que ubicaron a los imputados cerca de la vivienda mientras ya se observaba una columna de humo; el informe de autopsia que determinó que Pino estaba vivo al iniciarse el fuego y presentaba un traumatismo previo; lesiones en el cuerpo de J.A.P. compatibles con la fecha del hecho; y el testimonio de un testigo que presenció la pelea previa.
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Para sostener el pedido de prisión preventiva, Bouyer explicó que en el caso se dan los peligros procesales de entorpecimiento de la investigación y de no sometimiento al proceso. Requirió la detención por 6 meses y argumentó, por un lado, que J.A.P. carece de domicilio y medios de contacto, se encuentra en situación de calle y no tiene arraigo en la zona; y por el otro, que tiene capacidad para influir a testigos.
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La defensa no se opuso a la medida cautelar, aunque solicitó que se imponga un por un plazo menor. Sin controversia sobre la prisión preventiva, el juez hizo lugar al planteo de la fiscalÃa y la fijó por 4 meses.
